Certificado Único de Registro – CUR: le permitirá acreditar su situación crediticia con respecto a protestos y moras de títulos valores (letras, cheques, pagarés, warrants, facturas conformadas, facturas negociables, otros).
Regularización de Protestos y Moras: le brinda una excelente posibilidad de reinsertarse al sistema crediticio al aclarar sus documentos protestados y/o en mora ya cancelados.
Registro de Moras Directas: le da acceso a publicar, directamente en el Registro Nacional de Protestos y Moras, sus títulos valores vencidos de sus clientes deudores.
Infocrédito Free: para consulta gratuita de información personal a la base del Registro Nacional de Protestos y Moras
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REQUISITOS Y TARIFAS
CERTIFICADO ÚNICO DE REGISTRO - CUR:
Certificado oficial del Registro Nacional de Protestos y Moras que le permite conocer el historial crediticio con respecto a protestos y moras de títulos valores, tanto de personas naturales como jurídicas:
- Si no tiene anotaciones registrales, pendientes ni regularizadas, podrá demostrarlo con el CUR Negativo.
- Si tuvo documentos protestados y/o en mora y los regularizó, podrá certificar que ha honrado sus compromisos crediticios mediante el CUR de Regularizaciones.
- Si tiene documentos protestados y/o en mora podrá conocer el detalle de los mismos mediante el CUR de Anotaciones.
Requisitos:
- Presentar DNI del solicitante (en original y copia).
- Llenar solicitud preimpresa en la Cámara de Comercio de Cañete.
- Pago por derechos del servicio según tarifario vigente.
- Emisión y entrega inmediata.
- El solicitante puede ser un tercero con la presentación de su DNI, para lo cual no requiere carta poder.
Tarifario:
TARIFA DEL CERTIFICADO ÚNICO DE REGISTRO - CUR |
|
Tipo de CUR |
Costo por cada Certificado (*) |
CUR Negativo |
S/. 35.00 |
CUR de Regularizaciones |
S/. 55.00 |
CUR de Anotaciones |
S/. 155.00 |
REGULARIZACIÓN DE PROTESTOS Y MORAS:
El Registro Nacional de Protestos y Moras tiene como finalidad registrar los protestos (letras, pagarés, cheques, warrants, facturas conformadas, entre otros) y las moras de títulos valores, así como los procesos judiciales sobre cheques por libramiento indebido, tanto de personas naturales como jurídicas. Así mismo, esta información es reportada a las Centrales de Riesgo a nivel Nacional para su publicación.
La Regularización de Protestos y Moras forma parte de los servicios que brinda el Registro Nacional de Protestos y Moras mediante el cual el deudor deja constancia expresa que ha pagado totalmente un documento protestado o en mora, con la posibilidad de reinsertarse al sistema crediticio y obtener nuevos financiamientos al demostrar voluntad de pago.
Requisitos:
- Presentar DNI del solicitante (en original y copia).
- Si el deudor es Persona Jurídica, deberá presentar copia simple de su ficha RUC.
- Llenar solicitud preimpresa en la Cámara de Comercio de Cañete.
- Presentar el título valor original o carta actualizada del acreedor dirigida a la Cámara de Comercio de Lima certificando el pago del documento protestado y/o en mora.
- Si el acreedor es Persona Jurídica: la carta deberá ser emitida en papel membretado y firmada por el representante legal adjuntando copia simple de ficha RUC de acreedor.
- Si el acreedor es Persona Natural: la carta deberá tener firma legalizada ante notario público adjuntando el comprobante original del pago por la legalización notarial.
- De estar todo conforme, procede la regularización cuya actualización es inmediata en el Registro Nacional de Protestos y Moras, información que es trasladada a las Centrales de Riesgo a nivel Nacional quienes a su vez tienen plazos establecidos para su actualización.
- El solicitante puede ser un tercero con la presentación de su DNI, para lo cual no requiere carta poder.
- Si le urge demostrar que ha regularizado un protesto y/o mora puede solicitar el CUR de Regularizaciones.
Tarifario:
TARIFA DE REGULARIZACIÓN DE PROTESTOS Y MORAS |
|
Importe del Título Valor |
Costo por cada Título Valor (*) |
Hasta S/. 2,500.00 |
S/. 45.00 |
Hasta S/. 5,000.00 |
S/. 55.00 |
Hasta S/. 10,000.00 |
S/. 65.00 |
Hasta S/. 15,000.00 |
S/. 75.00 |
Hasta S/. 20,000.00 |
S/. 85.00 |
Hasta S/. 30,000.00 |
S/. 95.00 |
Mayor de S/. 30,000.00 |
S/. 105.00 |
REGISTRO DE MORAS DIRECTAS:
Si tiene documentos como: letras de cambio, pagarés, facturas conformadas o facturas negociables, que no le han sido cancelados a su fecha de vencimiento, puede reportarlos directamente al Registro Nacional de Protestos y Moras los cuales serán publicados como Mora Directa e informados a todas las Centrales de Riesgo a nivel Nacional imposibilitando a sus clientes deudores el ser sujetos de crédito.
Requisitos:
- Presentar DNI del solicitante (en original y copia).
- Llenar solicitud preimpresa en la Cámara de Comercio de Cañete.
- Presentar el título valor a reportar como Mora Directa (en original y copia).
- El documento original pasa por un proceso de verificación inmediata:
- Deberá estar correctamente emitido o girado.
- En la Cámara de Comercio de Cañete solo se reportan documentos cuyo aceptante tiene dirección en la Provincia de Cañete.
- Deberá contener obligatoriamente la cláusula especial "este documento no requiere ser protestado" o similares.
- Debe estar vencido con respecto a su fecha de pago.
- No debe tener más de 3 años desde su fecha de vencimiento.
- De estar todo conforme, el original del documento es sellado en la parte posterior en señal del Registro y devuelto al solicitante.
- Pago por derechos del servicio según tarifario vigente.
- El solicitante puede ser un tercero con la presentación de su DNI, para lo cual no requiere carta poder.
- El principal beneficio de este servicio es la inmediatez dado que la publicación se hace efectiva dentro de los primeros 15 días de cada mes en el Registro Nacional de Protestos y Moras y los siguientes 15 días en las Centrales de Riesgo a nivel Nacional. Así mismo los clientes deudores son incluidos en las distintas campañas informativas que se realizan durante el año.
Tarifario:
TARIFA PARA EL REGISTRO DE MORAS DIRECTAS |
|
Tipo de Registro |
Costo por cada Registro (*) |
Obligado (deudor) |
S/. 25.00 |
Aval |
S/. 25.00 |
EXCLUSIÓN DE ANOTACIONES REGISTRALES:
La Cámara de Comercio de Cañete a través del Registro Nacional de Protestos y Moras tiene la facultad de excluir de su base de datos las anotaciones de protestos, moras o procesos judiciales de cheques mal reportados en la medida que se acredite fehacientemente el error material incurrido o con la presentación de una orden judicial expresa.
Requisitos:
- Presentar solicitud de exclusión con las aclaraciones detalladas respecto al error material que ocasionó dicha anotación registral.
- Documentación y evidencias respectivas que acrediten el error material incurrido (medios probatorios pertinentes).
- Pago por derechos del servicio según tarifario vigente.
- En otros casos: presentar la Orden Judicial expresa.
- La documentación presentada ingresa a una evaluación y de ser favorable, en un plazo de 5 días hábiles, se procede con la exclusión brindando respuesta formal a solicitante.
Tarifario:
TARIFA DE EXCLUSIÓN DE ANOTACIONES REGISTRALES |
|
Otro Servicio Especializado |
Costo por cada Anotación Registral (*) |
Exclusión de Anotación Registral |
S/. 150.00 |